Derechos laborales de las personas con discapacidad

Derechos laborales de las personas con discapacidad en Perú

Written by admin | enero 5, 2026

Los derechos laborales de las personas con discapacidad están protegidos por la legislación peruana y buscan garantizar la igualdad de oportunidades, la no discriminación y el acceso real al empleo digno, tanto en el sector público como en el privado.

Conocer estas normas es fundamental para las personas con discapacidad, empleadores y entidades públicas, ya que su incumplimiento puede generar sanciones administrativas y legales.

¿Quiénes son consideradas personas con discapacidad?

Según la normativa peruana, una persona con discapacidad es aquella que presenta una o más deficiencias físicas, sensoriales, intelectuales o mentales, de carácter permanente, que al interactuar con diversas barreras puede ver limitada su participación plena en la sociedad, incluido el ámbito laboral.

Principales leyes que protegen los derechos laborales de las personas con discapacidad

Ley N.º 29973 – Ley General de la Persona con Discapacidad

Es la norma principal que regula los derechos de las personas con discapacidad en el Perú.

Esta ley establece:

  • Igualdad de derechos y oportunidades
  • Prohibición de discriminación laboral
  • Acceso al empleo en igualdad de condiciones
  • Ajustes razonables en el lugar de trabajo

Constitución Política del Perú

Reconoce:

  • El derecho al trabajo
  • El principio de igualdad ante la ley
  • La protección especial a personas en situación de vulnerabilidad

La discriminación por discapacidad está prohibida constitucionalmente.

Decreto Supremo N.º 002-2014-MIMP

Aprueba el Reglamento de la Ley N.º 29973 y desarrolla:

  • Condiciones de accesibilidad laboral
  • Obligaciones del empleador
  • Medidas de fiscalización

Cuota obligatoria de empleo para personas con discapacidad

Sector público

Las entidades públicas están obligadas a que al menos el 5 % de su personal esté conformado por personas con discapacidad.

Sector privado

Las empresas privadas con más de 50 trabajadores deben contratar como mínimo el 3 % de personas con discapacidad.

❗ El incumplimiento de esta cuota puede generar sanciones por parte de SUNAFIL.

Derecho a la no discriminación laboral

Las personas con discapacidad no pueden ser discriminadas:

  • En procesos de selección
  • Durante la contratación
  • En la permanencia laboral
  • En ascensos o capacitaciones

Cualquier acto discriminatorio es sancionable.

Ajustes razonables en el trabajo

El empleador está obligado a realizar ajustes razonables, siempre que no representen una carga desproporcionada, tales como:

  • Adecuación del puesto de trabajo
  • Flexibilidad de horarios
  • Accesos físicos y tecnológicos
  • Herramientas adaptadas

Estos ajustes permiten el desempeño adecuado del trabajador.

Derecho a la estabilidad laboral

La discapacidad no puede ser causal de despido.
Todo cese debe estar debidamente justificado y no puede basarse en la condición de discapacidad.

Acceso a convocatorias públicas

En las convocatorias públicas, las personas con discapacidad:

  • Pueden postular en igualdad de condiciones
  • Reciben bonificación adicional en la evaluación (cuando la normativa lo establece)
  • Deben contar con accesibilidad durante todo el proceso

Beneficios adicionales para empleadores

La ley también contempla incentivos para las empresas que contratan personas con discapacidad, promoviendo la inclusión laboral y la responsabilidad social.

¿Qué hacer si se vulneran los derechos laborales?

La persona con discapacidad puede:

  • Presentar una denuncia ante SUNAFIL
  • Solicitar orientación legal
  • Acudir a instancias administrativas o judiciales

La ley protege activamente frente a cualquier vulneración.

Importancia de la inclusión laboral

Garantizar los derechos laborales de las personas con discapacidad:

  • Promueve la igualdad
  • Fortalece la productividad
  • Reduce la exclusión social
  • Cumple con estándares nacionales e internacionales

La inclusión laboral no es solo una obligación legal, sino un compromiso social.